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lunes, 2 de junio de 2008

Lunes, 2 de Junio del 2008



Los gadgets de los espías de la CIA quedan al descubierto

Robert Wallace, que durante años trabajó para la CIA, ha escrito un libro en el que, entre otras cosas, revela qué aparatos usaban los espías estadounidenses durante la guerra fría. Artilugios que según informa Wired se sitúan a medio camino entre los que utilizan el Inspector Gadget y James Bond.

AGENCIAS

El "cigarro-pistola" es uno de estos gadgets de película de espías que según Wallace se utilizaron realmente en los años cuarenta. Girando el filtro en el sentido contrario a las agujas del reloj se cargaba el arma, y apretándolo después se disparaba una bala de 22 milímetros.

Para evitar que documentos sensibles cayeran en manos del enemigo, los agentes portaban los textos junto a un bolígrafo inflamable que, al activarse, prendía fuego al papel.

En aquellos tiempos, cuenta el ex responsable de la CIA, cualquiera podía convertirse en aliado involuntario de los espías. En una ocasión, metieron un micrófono en el cráneo de un gato vivo, pero dado que los movimientos del animal eran imprevisibles, el método de escucha resultó bastante ineficiente.

En los años setenta se utilizaron falsas ratas muertas para utilizarlas como buzón donde dejar mensajes, y se llenaron de tabasco para evitar que cayeran en manos de los carroñeros. También en esa época se hizo realidad el reloj cámara, y se intentó el primer desarrollo de insectos artificiales espía. Nunca lograron despegar.




Ayuda a un perro abandonado con un click


La magnífica acogida que tuvo en 2007 la campaña on-line "Cómo puede un ratón ayudar a un perro abandonado" ha animado a acogelos.org e Intervet, a través de su marca Scalibor, a repetir la experiencia. Esta original iniciativa recibió el año pasado más de 20.000 adhesiones de internautas solidarios y amantes de los animales que quisieron colaborar en la protección de los perros abandonados con la donación de collares antiparasitarios.

REDACCIÓN, AP


La campaña de 2008, bajo el mismo lema que la anterior, "Cómo puede un ratón ayudar a un perro abandonado", se prolongará hasta el mes de septiembre y cuenta con la participación de 26 de las más de 110 casas y centros de acogida, refugios y albergues de toda España presentes en acogelos.org. Los albergues y refugios seleccionados están situados en las provincias de Alicante, Almería, Badajoz, Barcelona, Cádiz, Córdoba, Granada, Huesca, Jaén, Lleida, Madrid, Málaga, Pontevedra, Sevilla y Valencia. Esta nueva iniciativa dirigida al bienestar de los animales de compañía, supondrá una importante ayuda para los albergues y refugios españoles, que operan en condiciones de auténtica precariedad.
El objetivo marcado por acogelos.org e Intervet para la nueva campaña de este año es que cada participante aporte su granito de arena, destinando su voto a los centros y refugios de su elección, quizás a los más próximos a su municipio o ciudad. Con este enfoque más local, se pretende acercar a la población una realidad que sufren miles de mascotas en espera de un dueño que los adopte, ya que cada año en España se abandonan más de 200.000 animales de compañía. Estos animales, sin la protección adecuada, pueden fácilmente infectarse de una enfermedad parasitaria contagiosa conocida como leishmaniosis, comúnmente denominada "la enfermedad del mosquito".

Gracias a esta original iniciativa, todos los internautas solidarios podrán donar un collar antiparasitario Scalibor para favorecer la futura adopción de las mascotas abandonadas en su propia localidad. Las donaciones pueden realizarse en el portal www.acogelos.org o en www.sin-mosquitos.com de forma rápida y sencilla. Con un sólo click de ratón el visitante puede realizar una donación a favor de un refugio en particular o al conjunto de los albergues, y estará ayudando a reducir el número de perros abandonados con leishmaniosis. El click es gratuito, ya que será Intervet quien realice la donación de los collares antiparasitarios Scalibor.
Para Jorge Martín Nomen, presidente de ASOFACA y responsable de acogelos.org, "ver que, cuando tienen la oportunidad, 20.000 personas acuden rápidamente en la ayuda de los animales abandonados que aguardan un nuevo hogar -como ocurrió con nuestra anterior campaña-, hace que te maravilles de esa gran respuesta solidaria y de lo que representa para los refugios, e intentas poner en marcha una nueva iniciativa que mueva esos resortes que nos hacen mejores personas".
En opinión de Remco Van Reenen, responsable de Marketing de Intervet, "apostamos por concienciar a todos los españoles solidarios y amantes de los animales sobre la situación del abandono en España y el desenlace fatal para la gran mayoría de animales de compañía sin hogar. Sin la protección adecuada, gran parte de los perros abandonados contraen leishmaniosis y pierden muchas oportunidades de ser adoptados. En la mayoría de casos, los animales afectados mueren o deben ser sacrificados. Así, la solidaridad de todos los ciudadanos ante este hecho supone una esperanza para todos los animales que esperan ser adoptados y tener otra oportunidad".



Según una sentencia del TS los datos que circulan por eMule no están protegidos por derecho a intimidad

El Tribunal Supremo (TS) ha establecido en una sentencia que los datos que circulan a través del programa eMule se convierten en públicos para los usuarios de Internet y no están protegidos por el derecho a la intimidad ni el derecho al secreto de las comunicaciones, por lo que la Policía puede acceder a ellos.

AGENCIAS

La sentencia avala los rastreos informáticos del equipo de Delitos Telemáticos de la Policía Judicial de la Guardia Civil en Internet y anula una de la Audiencia de Tarragona que absolvió de un delito de facilitación de la difusión de material de pornografía infantil a una mujer usuaria de eMule de Pineda (Tarragona).

Ésta realizó búsquedas de archivos y algunos resultaron contener pornografía infantil que borró de su ordenador y que detectó la Policía.

La resolución de la sala de lo penal del TS estima el recurso del fiscal contra la referida sentencia, que absolvió a María del Carmen G. tras declarar nula la prueba en que se sustentaba la acusación por estimar vulnerado el derecho al secreto de las comunicaciones.

El Alto Tribunal ordena a la Audiencia de Tarragona que dicte otra sentencia, condenando o absolviendo a la acusada, en la que se tenga en consideración como pruebas legítimas las que declaró nulas.

Para el Supremo "al verificar los rastreos la Policía Judicial estaba cumpliendo con su función de perseguir delitos y detener a los delincuentes que los cometen, siendo legítimos y regulares los rastreos efectuados".

La Guardia Civil en octubre de 2005 aprovechó la celebración en Sevilla del IV Foro Iberoamericano de Ciberpolicias para iniciar búsquedas en Internet rastreando las redes de intercambio de archivos para averiguar aquellos usuarios que descargasen o compartiesen archivos con pornografía infantil.

En base a dichos rastreos realizados sin autorización judicial obtuvieron un listado de claves de acceso que los proveedores de servicios de Internet asignan a cada ordenador en el momento en el que se conecta a Internet que permiten identificar el número telefónico desde el que se produce la conexión.

Dicho listado fue presentado en un juzgado de Sevilla al que reclamaron una orden para que los proveedores de servicios de internet identificasen al titular de las referidas claves.

Así, se acordó la entrada y registro en el domicilio de María del Carmen G. y se le intervino su ordenador.

La mujer usaba eMule para obtener archivos de fotografía, música y películas, cuya selección efectuaba introduciendo palabras clave como "bebés", "mamás", "papás", "niñas" o "mamás con bebés", "sin que quede acreditado que pretendiera obtener a través de dichas búsquedas archivos que contuvieran pornografía infantil".

"Quien utiliza un programa P2P, en nuestro caso eMule, asume que muchos de los datos se convierten en públicos para los usuarios de Internet, circunstancia que conocen o deben conocer los internautas, y tales datos conocidos por la Policía, datos públicos en Internet, no se hallaban protegidos por el artículo 18-1º ni por el 18-3 de la Constitución", concluye.

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